Normalización de cupos de carga - Evítese Sanciones Transportador

3 Tractocamiones de frente Normalización de Cupos - Universal de Trámites

“Los Organismos de Tránsito podrán adelantar el proceso de nulidad de la matrícula a los vehículos que no realicen la normalización dentro del plazo establecido en la normatividad vigente” – Mintransporte.

¿Cuál es la fecha límite para normalización de cupos de carga?

De acuerdo con el Decreto 0260 del 24 de febrero de 2023, los propietarios, poseedores o tenedores de buena fe de los vehículos de servicio particular y público de transporte de carga que presenten omisiones en el trámite de registro inicial, contarán ahora con un nuevo plazo para iniciar el respectivo proceso de normalización, el cual, se ha extendido hasta el 27 de agosto de 2024.

Contenido

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. Modificar el artículo el artículo 2.2.1.7.7.1.3 del Decreto 1079 de

2015, el cual quedará así:

«2.2.1.7.7.1.3 Plazo: Los propietarios, poseedores o tenedores de buena fe de los

vehículos de servicio particular y público de transporte de carga que presenten

omisiones en el trámite de registro inicial, contarán con un plazo que vence el 27 de

agosto de 2024 para iniciar el respectivo proceso de normalización, de acuerdo a lo

establecido en la presente Subsección.»

 

Artículo 2°. Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de

su publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 2.2.1.7.7.1.3. de la Subsección

1 de la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079

de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte.

Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021

Los Organismos de Tránsito podrán adelantar el proceso de nulidad de la matrícula a los vehículos que no realicen la normalización dentro del plazo establecido en la normatividad vigente.

Hasta el 30 de noviembre de 2022 se ha normalizado el registro inicial de 5.776 vehículos, y se ha retirado la anotación como vehículos con omisión a otros 2.331 automotores, los cuales presentaron los documentos necesarios demostrar el cumplimiento de la normatividad vigente en el momento de la matrícula.

De los 17.527 vehículos identificados con omisión en la matrícula entre 2017 y 2022, el 30 de noviembre de este año 9.450 tenían pendiente de normalizar o aclarar su registro inicial.

Todo esto con el objetivo de la normalización cupos de carga.

Bogotá, D.C., 25 de diciembre de 2022, (@MinTransporteCo). Siguiendo el lineamiento de buscar la Justicia Económica del Gobierno Nacional, y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1079 del 2015, el Ministerio de Transporte viene atendiendo los procesos de normalización del registro inicial de los vehículos de carga con omisión, adelantados por los propietarios, poseedores y tenedores de los automotores, a través del sistema RUNT.

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Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021, el Ministerio recuerda a los transportadores de carga que tienen hasta el 26 de febrero del próximo año para normalizar o aclarar la matrícula de los vehículos identificados con omisión en el registro inicial. Hasta el 30 de noviembre, 9.450 vehículos de carga tenían pendiente adelantar este proceso, de los 17.527 marcados por omisión en la matrícula entre 2017 y 2022.

Omisión en el Registro Inicial para la normalización cupos de carga

Es de resaltar que de esos 17.527 vehículos matriculados entre el 5 de mayo de 2005 y el 27 de agosto de 2019 que han sido identificados con omisión en el registro inicial, para el 30 de noviembre de 2022 se ha normalizado la matrícula de 5.776 y se ha retirado del Runt y del Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) la anotación como vehículos con omisión a otros 2.331 automotores. Todos ellos presentaron los documentos necesarios para aclarar y acreditar el cumplimiento de la normatividad vigente en el momento de la matrícula.

El viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo, manifestó: “Hacemos un llamado a los propietarios, poseedores y tenedores de los vehículos de carga para que realicen la normalización del registro inicial de los vehículos con omisión, y de esta manera acompañen al Gobierno de la Vida en su compromiso con la legalidad y la equidad.  Además, para garantizar igualdad de condiciones en la prestación del servicio de transporte de carga, en la medida que todos los vehículos que lo presten hayan cumplido con los requisitos exigidos en el momento de su matrícula”

Preguntas frecuentes sobre normalización cupos de carga

¿Cuáles son los mecanismos que establece la normatividad para subsanar las omisiones presentadas en el registro inicial de un vehículo de transporte público y particular de carga?

Para subsanar o normalizar el registro inicial de los vehículos con omisión, los propietarios de los vehículos pueden utilizar uno de los siguientes mecanismos:

  1. Desintegrar otro vehículo de carga que cumpla con las equivalencias establecidas en el artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015.
  2. Cancelar el valor de la caución que se debió constituir en el momento de la matrícula del vehículo, debidamente actualizada a la fecha de la normalización.
  3. Utilizar Certificados de Cumplimiento de Requisitos – CCR que no haya sido utilizado con anterioridad para la reposición de un vehículo de carga.
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¿Dónde puedo encontrar el instructivo para adelantar el proceso?

Toda la información e instructivos para adelantar el proceso de normalización del registro inicial de los vehículos de carga se puede consultar a través del siguiente link: https://www.runt.com.co/ciudadano/

¿Qué pasa si no se realiza el proceso de normalización dentro del plazo establecido, es decir como máximo el 26 de febrero de 2023?

De acuerdo a lo señalado en el Decreto 1079 de 2015, modificado entre otros por el Decreto 632 de 2019, en los casos en los cuales no se efectúe la normalización del registro de los vehículos de servicio particular y público de transporte de carga, dentro del plazo previsto en la normatividad, es decir como máximo el 26 de febrero de 2023, los Organismos de Tránsito deberán iniciar las acciones legales tendientes a obtener la nulidad de los actos administrativos, a través de los cuales se efectuó el registro inicial del vehículo de transporte de carga que presenta omisiones en dicho registro.

Fuente:

mintransporte.gov.co

¿Qué pasos debo seguir para salvaguardar mi propiedad - camiones de carga?

Como propietario o poseedor de un vehículo de carga con anotación de deficiencia en su matrícula por falta de cupo, gestiona el saneamiento de la matrícula mediante la adquisición de un cupo de chatarrización válido, seguro y actual.

¿Es costoso? Es relativo, pero no te quedes con ese golpe en tu patrimonio. Demanda a las entidades públicas responsables de ese costo en el que tuviste que incurrir.

¿Por qué procede la demanda? Primero, por haber autorizado la matrícula de un vehículo de carga sin verificar los requisitos (Cuando no es que se aportó en debida forma el cupo y se perdió al interior de las Secretarías de Tránsito) Segundo, por venir a poner en entredicho matrículas de vehículos que llevan ya más de 10 o 15 años surtiendo efectos, y los carros trabajando. Y tercero, porque ponen a afrontar las consecuencias de los malos procedimientos al transportador, lavándose las manos los verdaderos culpables.

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