Chatarrización de Vehículos de Carga

¡Con nuestro servicio de chatarrización de vehículos de carga, da el primer paso hacia una flota más eficiente y sostenible!

Chatarrización de vehículos de carga: ¡la solución perfecta para tu empresa!, haz espacio para vehículos más eficientes y reduce tus costos de mantenimiento:

Te ayudamos a:

  • Normalización de cupos de carga.
  • Modernizar parque automotor empresarial.
  • Gestionar vehicular para empresas.
  • Postular vehículos para chatarrización por alguna de las 4 alternativas.
  • Representación legal para de desintegración de vehículos de carga.
  • Acompañamiento legal para llevar el proceso de buena fe exento de culpa.
  • Asesoramiento en papeleo y procesos ante los entes gubernamentales: RUNT y Mintransporte
  • Correcciones ante el RUNT: Línea, Peso bruto vehicular, NIT, sin peso, Número de Ejes, Número de identificación, etc.
  • Embargos, siniestros, medidas cautelares.

Etc., ¿En qué te podemos asesorar?

Expertos en realizar los procedimientos y trámites de desintegración de vehículos de carga ante las autoridades de tránsito

Contenido

Programa de modernización de vehículos de carga

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El sector transporte verá un importante avance hacia la modernización gracias a un ambicioso programa de incentivos. Este esfuerzo busca no solo renovar la flota de camiones y vehículos de carga en el país, sino también promover una mayor sostenibilidad ambiental. Con beneficios económicos atractivos, el programa se perfila como una oportunidad única para propietarios de vehículos pesados interesados en contribuir a un futuro más verde.

Visión General del Programa

El gobierno ha anunciado un incremento significativo en los incentivos destinados a la modernización de camiones y vehículos de carga. Este programa no solo apunta a mejorar la eficiencia en el consumo de combustible y reducir las emisiones de gases nocivos, sino que también facilita el acceso a tecnologías limpias. Se espera que, con estas medidas, el transporte de mercancías por carretera sea más eficiente y ecológico.

Beneficios para los Propietarios de Vehículos

Los dueños de camiones y vehículos de carga pueden acceder a una serie de incentivos financieros al participar en el programa. Estos incentivos buscan compensar parte del costo asociado con la adquisición de vehículos más modernos y menos contaminantes. Además, se destacan los beneficios ambientales, como la significativa reducción de la huella de carbono, contribuyendo así a la lucha contra el cambio climático.

¿Cuanto dinero paga el Gobierno por chatarrizar camiones de carga?

Requisitos y Proceso de Aplicación

Para aquellos interesados en participar en el programa de modernización de vehículos de carga 2024, es esencial conocer en detalle los requisitos y el proceso de aplicación. Este programa, diseñado para fomentar la renovación de flotas hacia opciones más sostenibles y eficientes, establece criterios específicos que deben cumplirse para acceder a los incentivos ofrecidos.

Requisitos Generales

  1. Antigüedad del Vehículo: El vehículo destinado a la chatarrización debe cumplir con una antigüedad mínima especificada por el programa, lo que asegura que los vehículos más antiguos y menos eficientes sean los renovados.
  2. Propiedad del Vehículo: Los solicitantes deben demostrar la propiedad legítima del vehículo mediante la presentación de la documentación correspondiente, como el título de propiedad y registros vehiculares actualizados.
  3. Estado del Vehículo: Aunque el vehículo esté destinado a ser dado de baja, debe estar en condiciones operativas hasta el momento de su entrega, asegurando que no se trata de vehículos abandonados.
  4. Cumplimiento Ambiental: Los vehículos nuevos o renovados deben cumplir con estándares ambientales específicos, como emisiones bajas y eficiencia en el consumo de combustible.
Tabla de Incentivos 2024 Chatarrización de Vehículos de Carga

Descargar tabla de valor de reconocimiento económico 2024 

 

 

Proceso de Aplicación

El proceso de aplicación para el programa es tan importante como los requisitos, ya que asegura una transición suave y eficiente para los participantes. Se desarrolla en varias etapas:

  1. Pre-registro en Línea: Los interesados deben completar un formulario de pre-registro en el sitio web oficial del programa, proporcionando datos básicos del vehículo y del propietario.
  2. Revisión de Documentación: Tras el pre-registro, se debe enviar la documentación requerida, incluidos los registros del vehículo, prueba de propiedad, y certificados de cumplimiento ambiental, para su revisión por parte de las autoridades.
  3. Inspección del Vehículo: En algunos casos, puede solicitarse una inspección física del vehículo para verificar su estado operativo y la antigüedad.
  4. Aprobación y Notificación: Si la solicitud y documentación cumplen con todos los criterios, el solicitante recibe una notificación de aprobación, junto con los detalles sobre cómo proceder para la baja del vehículo antiguo y la adquisición del nuevo o renovado.
  5. Entrega y Baja del Vehículo Antiguo: El vehículo antiguo debe ser entregado en un centro autorizado para su baja definitiva y chatarrización, cumpliendo con los procedimientos establecidos para asegurar una disposición ambientalmente responsable.
  6. Adquisición del Vehículo Nuevo o Renovado: Con la aprobación formal, los participantes pueden proceder a adquirir su nuevo vehículo, que debe cumplir con los estándares ambientales y técnicos establecidos por el programa. Este paso suele estar acompañado de la activación del incentivo financiero o de otro tipo de apoyo económico.
  7. Seguimiento y Verificación: Finalmente, se realiza un seguimiento para verificar la correcta incorporación del nuevo vehículo a la flota y el cumplimiento continuo de los estándares ambientales.

Consideraciones Importantes

  • Plazos y Fechas Límite: Es crucial estar atento a las fechas límite para cada etapa del proceso de aplicación, ya que el incumplimiento puede resultar en la pérdida de la elegibilidad para el programa.
  • Capacitación y Asesoramiento: Algunos programas ofrecen sesiones de capacitación o asesoramiento para ayudar a los solicitantes a través del proceso de aplicación y para informar sobre las mejores prácticas ambientales y de operación.

Participar en el programa de modernización no solo contribuye a una industria de transporte más sostenible y eficiente, sino que también ofrece beneficios significativos para los propietarios de vehículos. Cumplir con estos requisitos y seguir el proceso de aplicación cuidadosamente es esencial para aprovechar al máximo las oportunidades que ofrece este programa innovador.

Impacto y Expectativas

Se anticipa que la implementación de este programa tendrá un impacto positivo duradero en el sector transporte. No solo mejorará la calidad del aire al reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, sino que también promoverá una industria más competitiva y sostenible. Los esfuerzos actuales sentarán las bases para futuras iniciativas que continúen fomentando la modernización y la sostenibilidad en el transporte.

Programa de chatarrización de vehículos de carga

De acuerdo con la resolución 5304 del 24 de octubre de 2019, los propietarios interesados en aplicar al Programa de modernización del parque automotor de carga deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

El procedimiento aplica para los vehículos de transporte terrestre automotor de servicio público y particular de carga de más de 10.500 kilogramos con excepción de los vehículos mencionados en el párrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2 del Decreto 1079 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1120 de 2019.
Los vehículos con peso bruto vehicular menor o igual a 10.500 kilogramos o exceptuados en el párrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2 del Decreto 1079 de 2015, deberán someterse a lo dispuesto en la Resolución 12379 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya para su registro inicial.
Los vehículos que ingresen al departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en virtud del artículo 16 de la Ley 915 de 2004, no serán objeto de las disposiciones contenidas en la resolución 5304 del 24 de octubre de 2019
Los propietarios de vehículos de transporte terrestre automotor de servicio público y particular de carga de más de 10.500 kilogramos podrán acceder a las siguientes alternativas del Programa para la Modernización del Parque Automotor de Carga así:

  • Alternativas de reconocimiento económico
  1. Reconocimiento económico de vehículos operativos por desintegración física total con fines de reposición.
  2. Vehículos operativos por desintegración física total sin fines de reposición.
  3. No operativos por desintegración física total sin fines de reposición.
  • Alternativas de reposición sin reconocimiento económico
  1. Desintegración física total sin reconocimiento económico.
  2. Reposición por pérdida o destrucción total.
  3. Por hurto.
Chatarrización de Vehículos

Para efectos de obtener el 60% del reconocimiento económico de un vehículo operativo de carga por desintegración física total con fines de reposición, el propietario del vehículo deberá postularlo a través del sistema RUNT.
La atención de las postulaciones estará sujeta a la disponibilidad de recursos para el reconocimiento económico y se resolverán en orden cronológico, previa validación de cumplimiento de las condiciones del vehículo y de propiedad que se detallan a continuación:

  • Condiciones del vehículo:
    • Estar registrado en el Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y en estado Activo y como servicio público.
    • Estar operativo, esto es, contar con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, y Revisión Técnico Mecánica y de emisiones contaminantes por un periodo no inferior a dos (2) años continuos o discontinuos, durante los nueve (9) años anteriores a la fecha de postulación, requisito que se validará a través del sistema RUNT.
    • No estar postulado en ninguna otra solicitud de normalización ni de reposición.
    • Estar libre de todo gravamen o afectación jurídica que limite la libre disposición del vehículo.
    • Tener un Peso Bruto Vehicular (PBV) superior a 10.500 kilogramos y estar así registrado en el sistema RUNT.
    • No corresponder a los vehículos contemplados en el parágrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2. del Decreto 1079 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1120 de 2019.
    • Que a partir del 1° de enero de 2008 el vehículo no haya sido objeto de modificación en sus características por cambio de tipo de carrocería de volqueta, mezcladoras (mixer), compactadores o recolectores de residuos sólidos o blindados para transporte de valores a vehículo de carga.
    • Contar con una antigüedad igual o superior a veinte (20) años contados a partir de la fecha de matrícula.
  • Condiciones de propiedad:
    • Que el peticionario sea propietario de máximo tres (3) vehículos de carga, de más de 10.500 kilogramos, salvo las excepciones previstas en el parágrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2. del Decreto 1079 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1120 de 2019.

Para efectos de obtener el 100% del reconocimiento económico de un vehículo operativo de carga por desintegración física total sin fines de reposición, el propietario del vehículo deberá postularlo a través del sistema RUNT.
Las postulaciones estarán sujetas a la disponibilidad de recursos para el reconocimiento económico y se resolverán en orden cronológico, previa validación por el sistema RUNT del cumplimiento de las condiciones del vehículo y de propiedad establecidos en el artículo 11 de la resolución  5304 del 24 de octubre de 2019.  

 
El propietario del vehículo a desintegrar:

Para efectos de reconocimiento económico, previo a la postulación, verificará la información consignada en la Licencia de Tránsito con la registrada en el sistema RUNT, a través de la consulta de vehículos por placa dispuesta en esta página web y las características físicas del automotor.

Chatarrización de Vehículos

Si evidencia que hay diferencias entre la información de la Licencia de Tránsito, la registrada en el sistema RUNT y/o las características físicas del vehículo, así como la existencia de acto de limitación o gravamen a la propiedad del vehículo que impida la realización del proceso, o sanción ejecutoriada que impidan la realización de trámites de tránsito, se deberán corregir o subsanar ante el Organismo de Tránsito donde se encuentra registrado el vehículo.
En cualquiera de los casos, cuando el vehículo no se encuentre registrado en el sistema RUNT, el propietario solicitará al Organismo de Tránsito donde se encuentra registrado el vehículo, la migración de la información al sistema RUNT. El organismo contará con un plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de la petición para atender la solicitud. El incumplimiento de la anterior obligación dará lugar a las respectivas acciones administrativas y disciplinarias a que haya lugar por parte de las autoridades competentes.

Los propietarios de máximo dos (2) vehículos de transporte público o particular de carga podrán acceder al beneficio de exención del impuesto sobre las ventas (IVA), en la reposición de vehículos automotores de carga, adquiriendo vehículos completos o individualmente el chasis con motor y su carrocería para conformar un vehículo completo nuevo, para servicio público o particular de transporte de carga de más de 10.5 toneladas de Peso Bruto Vehicular.

Cuando el vehículo nuevo que ingresa en reposición bajo esta alternativa corresponda a vehículos que operen con tecnologías limpias o bajas emisiones, tales como vehículos eléctricos, a gas natural o híbridos, el Ministerio de Transporte generará el acto administrativo, soporte para el pago por el setenta por ciento (70%) del valor del incentivo económico.

 

Para efectos del 40% de reconocimiento económico de un vehículo no operativo de carga por desintegración física total sin fines de reposición, el propietario del vehículo lo postulará a través del sistema RUNT.  
La atención de las postulaciones que cumplan los requisitos estará sujeta a la disponibilidad de recursos para el reconocimiento económico y se resolverán en orden cronológico, previa validación de cumplimiento de los requisitos que se detallan a continuación:

  • Condiciones del vehículo:
    • Estar registrado en el Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y en estado Activo y como servicio público.
    • Ser un vehículo no operativo.
    • No estar postulado en ninguna otra solicitud de normalización ni de reposición.
    • Estar libre de todo gravamen o afectación jurídica que limite la libre disposición del vehículo.
    • Tener un Peso Bruto Vehicular (PBV) superior a 10.500 kilogramos y estar así registrado en el sistema RUNT.
    • No corresponder a los vehículos rígidos de las carrocerías que contempla el parágrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2. del Decreto 1079 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1120 de 2019.
    • Que a partir del 1° de enero de 2008 el vehículo no haya sido objeto de modificación en sus características por cambio de tipo de carrocería de volqueta, mezcladoras (mixer), compactadores o recolectores de basura o blindados para transporte de valores a vehículo de carga.
    • Contar con una antigüedad igual o superior a veinte (20) años contados a partir de la fecha de matrícula con relación a la fecha de postulación.
  • Condiciones de propiedad:    
    • Que el peticionario sea propietario de máximo tres (3) vehículos de carga de más de 10.500 kilogramos, salvo las excepciones previstas en el parágrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2. del Decreto 1079 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1120 de 2019.

 

Condiciones para la reposición mediante desintegración física total o por pérdida total o destrucción total

Para efectos de la reposición de un vehículo público o particular de carga por desintegración física total o desintegración física total por pérdida total, el propietario deberá postularse a través del sistema RUNT.
También podrá postularse para reposición los vehículos de servicio público y particular de transporte terrestre automotor de carga de peso bruto vehicular superior a 10.500 kilogramos, que hayan sufrido pérdida total con posterioridad al 1º de octubre de 2012.

La atención de las postulaciones se resolverá en orden cronológico, previa validación de cumplimiento de los requisitos que se detallan a continuación:
      • Estar registrado en el Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y en estado Activo y como servicio público o particular.
      • No estar postulado en ninguna otra solicitud de normalización ni de reposición.
      • Estar libre de todo gravamen o afectación jurídica que limite la libre disposición del vehículo.
      • Tener un Peso Bruto Vehicular (PBV) superior a 10.500 kilogramos y estar así registrado en el sistema RUNT.
      • No corresponder a los vehículos rígidos de las carrocerías que contempla el parágrafo 1 del artículo 2.2.1.7.7.2. del Decreto 1079 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1120 de 2019.
      • Que a partir del 1° de enero de 2008 el vehículo no haya sido objeto de modificación en sus características por cambio de tipo de carrocería de volqueta, mezcladoras (mixer), compactadores o recolectores de basura o blindados para transporte de valores a vehículo de carga.

 

El propietario del vehículo hurtado, previo a la postulación, deberá asegurarse que el mismo se encuentra en estado cancelado con motivo de “reposición por hurto”, conforme a lo establecido en la Resolución 12379 de 2012, o la norma que lo adicione, modifique o sustituya, consultando en nuestra opción de vehículos por placa en esta página web.

  • Solicitud de reposición por hurto. 

Para la autorización de registro inicial del vehículo nuevo de carga, en reposición del vehículo hurtado, cuya matrícula fue cancelada, el peticionario debe ingresar la siguiente información en el sistema RUNT:

  • Número de placa del vehículo que fue objeto de hurto cuya matrícula fue cancelada.
  • Tipo, número de documento de identificación y nombre del propietario del vehículo.
  • Dirección, teléfono y correo electrónico del solicitante.
  • Denuncia del hurto.
  • Certificación de la no recuperación expedida por la Fiscalía que haya adelantado la investigación del hurto.
Chatarrización de Vehículos

 

Normas desintegración de vehículos en Colombia:

“Por la cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 11 de la Resolución 5304 de 2019 del Ministerio de Transporte. “Por la cual se reglamenta el procedimiento de registro inicial de vehículos nuevos de servicio»

Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el parágrafo 4 del artículo 477, el parágrafo 1 del artículo 850 del Estatuto Tributario, y se sustituye, modifica, y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

«Por la cual se reglamenta el procedimiento de registro inicial de vehículos nuevos de servicio público y particular de carga de más 10.500 kilogramos, se determinan las condiciones y se reglamenta el procedimiento para aplicar al «Programa de modernización.

Por la cual se establece el procedimiento unificado para corregir y complementar la información migrada o registrada en el sistema RUNT.

Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el parágrafo 4 del artículo 477, el parágrafo 1 del artículo 850 del Estatuto Tributario, y se sustituye, modifica, y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

Proyecto sustituye la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte», observaciones en el correo: aramirez@mintransporte.gov.co, desde el 12 al 26 de abril de 2019. 

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