¿Qué son bienes inmuebles?

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Se consideran bienes inmuebles o bienes raíces a todos aquellos bienes que estan ligados al suelo, no se mueven. Están asociados física o jurídicamente al terreno.

Comencemos por definir que son bienes:

Según el código civil colombiano en el ARTÍCULO 653. “…Concepto de bienes: Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales.

Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un libro, un cualquier otro bien inmueble como un terreno o finca.

Incorporales las que consisten en meros derechos, como los créditos y las servidumbres activas”

Los bienes son el conjunto de propiedades y riquezas susceptibles, a lo largo de la vida, de apropiación por parte de una persona (persona natural) o una organización de personas (persona jurídica).

Contenido

Bienes Inmuebles

Los bienes refieren a las cosas, incluyendo el dinero (capital), que perduran en el tiempo y pueden cambiar de una mano a otra en diversos tipos de transacción. Las personas no pueden ser consideradas nunca como bienes. Los bienes se pueden clasificar de acuerdo a su naturaleza (y por lo tanto al régimen jurídico que les aplica) en bienes muebles y bienes inmuebles.

Ahora, un bien inmueble es aquel que no se puede transportar de un lugar a otro debido a sus características físicas. De tal forma, que su traslado supondría su pérdida o deterioro, pues forma parte del terreno (suelo). Esto la diferencia de los bienes muebles que sí pueden ser trasladados de un lugar a otro. Por ejemplo: un electrodoméstica, una bicicleta, un vehículo, etc.

Ejemplos de bienes inmuebles

  • Finca o Terreno
  • Edificio
  • Apartamento
  • Casa -Casalote
  • Fábrica
  • Bodega
  • Caminos
  • Local
  • Mina
  • Parcela
  • Centro comercial
  • Etc,.

ARTICULO 656. <INMUEBLES>. Inmuebles o fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro; como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios, los árboles. Las casas y veredas se llaman predios o fundos.

Colombia Art. 656 CC

Además, los bienes inmuebles se caracterizan por su posición fija, es decir, se mantienen inmóviles en el suelo. Se debe señalar que estos bienes son también conocidos como bienes raíces. Las tierras, casas, apartamentos, los edificios, las construcciones o las minas son algunos ejemplos considerados como bienes inmuebles.

Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda* y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales.

ARTICULO 673. <MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO>. Los modos de adquirir el dominio son la ocupación, la accesión, la tradición, la sucesión por causa de muerte y la prescripción.

También los bienes inmuebles son objeto de transacción en el mercado inmobiliario. Por ejemplo, se puede negociar con las tierras, construcciones, viviendas, locales, etc. Por lo tanto, son una alternativa de inversión.

En economía los bienes inmuebles son una propiedad u objeto con el fin de satisfacer una necesidad y que posee un determinado valor económico.

Derecho Real. Es el que tenemos sobre una cosa sin especto a determinada persona.

¿Cómo se clasificación de los bienes inmuebles?

Una vez sabes qué es un bien inmueble, lo adecuado es conocer que la clasificación de los bienes patrimoniales como bien inmueble está contenida en el artículo 334 del Código Civil. En este artículo están catalogados como bienes inmuebles según cuatro criterios: por naturaleza, por incorporación, por destino y por analogía.

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Por naturaleza

Derivado del nombre de bienes raíces, el bien inmueble originario y que primero viene recogido en el artículo 334 del Código Civil es el suelo. En el Código Civil se denominan las tierras, y se incluyen en este concepto las minas y las canteras mientras su materia permanezca unida al yacimiento. También se incluye a las aguas vivas o estancadas.

Por incorporación

También son considerados bienes inmuebles otros patrimonios que se incorporan al primero, como son los siguientes:

– Construcciones de todo género adheridas al suelo, como pueden ser edificios, caminos y otros.

– Crecimientos de árboles, plantas y los frutos que deriven de ellos. Por ejemplo, nuestra jurisprudencia ha considerado bienes inmuebles las naranjas unidas a los árboles.

– Todo lo demás que esté unido a un inmueble de manera fija y que no pueda separarse de él sin quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto. El patrimonio que se incorpora al bien inmueble puede ser el resultado de la mano del hombre o por efecto de la naturaleza. De acuerdo a este apartado, los lavabos, inodoros y bañeras, radiadores y tuberías exteriores al formar parte de un inmueble, pierden su naturaleza particular y pasan a adquirir la consideración jurídica de inmuebles por incorporación.

Por destino

Cualquier bien mueble que está destinado por su propietario al servicio de un bien inmueble. Este caso es importante pues cuenta como parte del bien inmueble a la hora de enajenarlo o embargarlo. Según el artículo 334 del Código Civil, son inmuebles por destino:

– Los objetos de uso u ornamentación colocados en edificios por el dueño del inmueble, de tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente. Tal es el caso de estatuas, relieves, pinturas u otros.

– Los instrumentos, máquinas o utensilios destinados por el propietario de la finca a la industria o explotación que se realice en un edificio, y que satisfacen las necesidades de la explotación misma. Cabe señalar que la jurisprudencia establece que el pacto de extensión de la hipoteca a los muebles no comprende la maquinaria que se haya incorporado después de la fecha de derecho.

– Los criaderos de especies vivas cuando el propietario los haya instalado en el bien inmueble para que de forma permanente, formen parte de él. Tal es el caso de criaderos de animales, aves, abejas, cultivos de peces.

– Las tierras y suplementos de cultivo.

– Las bienhechurías destinadas al manejo del agua, como pueden ser diques y construcciones que estén destinados por su uso a permanecer instaladas en un punto fijo de un río, o fuente de agua.

Por analogía

Se refiere a las concesiones administrativas de obras públicas, las servidumbres y demás derechos reales sobre bienes inmuebles. Existe jurisprudencia de que se ha considerado como bien inmueble el derecho de luces, de vistas sobre un fundo ajeno, el derecho a instalar carteles en una terraza. Existe jurisprudencia en que también se han considerado bienes inmuebles las concesiones administrativas para el uso del suelo de los cementerios municipales.

Bienes muebles

Los bienes muebles son todos aquellos bienes tangibles e intangibles que pueden ser trasladados de un lugar a otro sin perder su integridad ni funcionalidad. Por ejemplo: electrodomésticos, salas, comedor, ropa, vehículos de transporte, etc.

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Derechos derivados de la propiedad de bienes inmuebles

La posesión de la titularidad de bienes inmuebles garantiza que el propietario disfrute de una serie de derechos, entre los que se encuentran:

  • El disfrute de uso. Puedes ocupar el inmueble utilizándolo como residencia principal o secundaria.
  • El derecho de alquilarlo y obtener unas rentas por este concepto.
  • Derecho a cederlo en donación de manera no lucrativa o de forma temporal a diversas acciones sociales.
  • El propietario le asiste el derecho a emplear el inmueble para el desarrollo de una actividad económica o empresarial.
Derechos asociados a un bien inmueble

Todo lo anteriormente expuesto refiere todo a qué son los bienes inmuebles corpóreos. Existe una consideración independiente que refiere a los bienes inmuebles incorporales.

En este se incluyen los derechos y acciones que recaen sobre los bienes inmuebles. Tales son los casos de las servidumbres y las hipotecas, derechos reales que recaen sobre bienes inmuebles.

No son muchos los contribuyentes que conocen exactamente qué es un bien inmueble y las diferencias que posee con los bienes muebles; una distinción bastante importante a efectos fiscales. Hay bienes que están sujetos a tributación de diferentes impuestos.

 A pesar de ello, es importante destacar que esta clasificación puede ser relativa, y que diferentes ramas del Derecho pueden discrepar respecto a qué es considerado un bien mueble y qué es un bien inmueble.

La mayoría de los Bienes inmuebles, responden a un Registro de la Propiedad, que otorga la misma mediante un documento jurídico. De ahí que estos Bienes sean los principales objetos de una garantía hipotecaria.

Los barcos, las aeronaves, automóviles y otros tipos de vehículos a gran y a pequeña escala, reciben un tratamiento jurídico similar, pues responderán a Registros de Propiedad, impuestos y son también bienes hipotecables.

Registro de propiedad

Mientras que la mayoría de los bienes muebles son susceptibles de un intercambio más libre e informal, la mayoría de los bienes inmuebles responden a un registro de propiedad muy específico, que otorga la misma a partir de la elaboración de un documento jurídico formal.

ARTÍCULO 756. Tradición de bienes inmuebles: Se efectuará la tradición del dominio de los bienes raíces por la inscripción del título en la oficina de registro de instrumentos públicos. De la misma manera se efectuará la tradición de los derechos de usufructo o de uso, constituidos en bienes raíces, y de los de habitación o hipoteca. Colombia Art. 756 CC

 

Impuestos

Dada su importancia en el total de las propiedades de un individuo o institución, estos bienes suelen estar sujetos a la legislación fiscal a través de distintos impuestos, como pueden ser:

  • Impuesto sobre la renta
  • Impuesto sobre el patrimonio
  • Impuesto sobre bienes inmuebles
  • Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos

Y otro tipo de recaudaciones que el marco jurídico de cada país contemple. Esto se debe a que constituyen propiedades de alto valor económico y prolongada duración en el tiempo.

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